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Constitución‎ > ‎03 TÍTULO III - De las Cortes Generales‎ > ‎02 CAPÍTULO SEGUNDO - De la elaboración de las leyes‎ > ‎

Artículo 84

  • Cuando una proposición de ley o una enmienda fuere contraria a una delegación legislativa en vigor, el Gobierno está facultado para oponerse a su tramitación. En tal supuesto, podrá presentarse una proposición de ley para la derogación total o parcial de la ley de delegación.

Subpáginas (1): Cuando una proposición de ley o una enmienda fuere contraria a una delegación legislativa en vigor, el Gobierno está facultado para oponerse a su tramitación. En tal supuesto, podrá presentarse una proposición de ley para la derogación total o parcial de la ley de delegación.

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